jueves, 25 de octubre de 2018

Violencia institucional en Cataluña

Violencia desde la Instituciones de Cataluña

(Extracto del artículo)

 
Araceli Mangas Martín (El Mundo, 25-10-2018)


Las instituciones políticas de Cataluña consumaron su calendario hacia la ilegal declaración unilateral de independencia hace un año.
Hubo hechos antijurídicos infinitamente más graves que los desórdenes. Proclamar la independencia fue deliberadamente programada y ejecutada desde las instituciones catalanas conforme a un plan de ruptura de la integridad territorial de un Estado democrático. Decidir desde el Govern y el Parlament que el territorio de la Comunidad Autónoma se separa del conjunto del Estado y constituye un nuevo Estado es la más grave violación de la soberanía nacional y de la Constitución.
Lo grave fue la violencia institucional desplegada y ejercida en un tracto sucesivo desde las dos instituciones centrales del sistema autonómico, el Parlamento catalán y su Gobierno. Los actos jurídicos sucesivos tienen su inicio inmediato en la Declaración del 9 de septiembre de 2015 que proclamó ya entonces la desobediencia general al sistema constitucional y su calendario con la aprobación de las dos leyes (de 6 y 7 de septiembre de 2017) que desembocaron en dos declaraciones de independencia de 10 y 27 de octubre de 2017.
La sucesión de actuaciones jurídico-políticas ejecutadas por los responsables del Parlamento y Gobierno catalanes y su propósito finalista son el núcleo del grave delito cometido. No se sirvieron de la fuerza armada sino de la coacción jurídica desde las instituciones para forzar la separación territorial y situarla al margen de la Constitución con una nueva legalidad fundada en las leyes de septiembre de 2017. La clave de su fracaso es que no hubo reconocimientos desde el exterior.
El hecho más grave que puede suceder en una sociedad nacional es decidir romper su integridad y declarar la independencia de una parte del territorio. Es la mayor perturbación interna con efecto internacional. ¿Cómo no va a ser delito alzarse contra todo el ordenamiento jurídico-constitucional de un país, desautorizar a todas las instituciones del Estado y apoderarse del territorio que pretenden desgajar? ¿Cómo hemos olvidado que hubo nada menos que dos declaraciones de independencia, precedidas de dos leyes aprobadas y en vigor, entonces, que desgajaban el territorio nacional? ¿Cómo puede un Estado estar tan indefenso frente a actos tan graves de coacción jurídica lanzados por instituciones político-legislativas regionales?
Hubo coacción institucional contra el conjunto de la soberanía nacional, su integridad territorial y el orden democrático y constitucional.
En España se permitió al Parlament y al Govern ejecutar su plan de violencia jurídico-política de apropiarse de una parte del territorio para fundar un nuevo Estado. Se les dio toda clase de expectativas, plena confianza de que podían llegar hasta el final, y que a lo sumo se utilizaría la vía de recurso ante el Tribunal Constitucional. Y no era un contencioso competencial como muchos. Se les dejó hacer, consumar sus delitos con tranquilidad cuando la obligación del Gobierno era prevenir el delito contra la Constitución.
La obligación del Estado (incluida la oposición democrática) era haber impedido por la vía político-constitucional, como es el artículo 155 CE, su propósito de erigir una estatalidad paralela. Si se hubiera encauzado la situación con determinación en la defensa de la Constitución, no habríamos entrado en el bucle de la república virtual ni en el judicial penal. Los jueces han entrado en la escena porque Gobierno del PP y oposición (PSOE, Cs y Podemos) no quisieron impedir el delito contra la integridad territorial y la Constitución. En España se permitió la comisión final del delito por un Gobierno de derechas inepto y cobarde, y una oposición de centroderecha y de izquierdas irresponsables y cortoplacistas que no defienden los valores constitucionales e intereses generales.
El ex presidente Felipe González ha afirmado que se debió utilizar el art. 155 con ocasión del primer acto de rebeldía institucional cuando Artur Mas convocó el primer referéndum en 2012. Pero ni el Gobierno de España ni su oposición democrática asumieron sus obligaciones constitucionales con la unidad nacional; sólo la Jefatura del Estado asumió el riesgo de la defensa de la Constitución democrática y de las libertades de todos los españoles, limitándose a recordar al Gobierno y poderes constitucionales sus obligaciones de defensa de la democracia.
De haber reaccionado entonces por la defensa de la convivencia en paz frente a la violencia institucional, nos habríamos ahorrado la grave fractura de la sociedad catalana y el afianzamiento de los partidos independentistas en la falsa realidad de la república proclamada. Ahora por no haberlo resuelto en su único cauce político-constitucional, hemos endosado el enjuiciamiento de toda esa violencia al Tribunal Supremo enredados en el inexorable bucle judicial penal.
Araceli Mangas Martín es catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la UCM.



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