Violencia desde la Instituciones de Cataluña
(Extracto del artículo)
Araceli
Mangas Martín (El Mundo, 25-10-2018)
Las instituciones políticas de
Cataluña consumaron su calendario hacia la ilegal
declaración unilateral de independencia hace un año.
Hubo hechos antijurídicos
infinitamente más graves que los desórdenes. Proclamar la
independencia fue deliberadamente programada y ejecutada desde las
instituciones catalanas conforme a un plan de ruptura de la
integridad territorial de un Estado democrático. Decidir
desde el Govern y el Parlament que el territorio de la Comunidad
Autónoma se separa del conjunto del Estado y constituye un nuevo
Estado es la más grave violación de la soberanía nacional y de la
Constitución.
Lo grave fue la violencia
institucional desplegada y ejercida en un tracto sucesivo desde las
dos instituciones centrales del sistema autonómico, el Parlamento
catalán y su Gobierno. Los actos jurídicos sucesivos tienen su
inicio inmediato en la Declaración del 9 de septiembre de 2015 que
proclamó ya entonces la desobediencia general al sistema
constitucional y su calendario con la aprobación de las dos
leyes (de 6 y 7 de septiembre de 2017) que desembocaron en dos
declaraciones de independencia de 10 y 27 de octubre de 2017.
La sucesión de actuaciones
jurídico-políticas ejecutadas por los responsables del Parlamento y
Gobierno catalanes y su propósito finalista son el núcleo del grave
delito cometido. No se sirvieron de la fuerza armada sino de la
coacción jurídica desde las instituciones para forzar la separación
territorial y situarla al margen de la Constitución con una
nueva legalidad fundada en las leyes de septiembre de 2017. La clave
de su fracaso es que no hubo reconocimientos desde el exterior.
El hecho más grave que puede
suceder en una sociedad nacional es decidir romper su integridad y
declarar la independencia de una parte del territorio. Es la mayor
perturbación interna con efecto internacional. ¿Cómo no va
a ser delito alzarse contra todo el ordenamiento
jurídico-constitucional de un país, desautorizar a todas las
instituciones del Estado y apoderarse del territorio que pretenden
desgajar? ¿Cómo hemos olvidado que hubo nada menos que dos
declaraciones de independencia, precedidas de dos leyes aprobadas y
en vigor, entonces, que desgajaban el territorio nacional? ¿Cómo
puede un Estado estar tan indefenso frente a actos tan graves de
coacción jurídica lanzados por instituciones político-legislativas
regionales?
Hubo coacción institucional contra
el conjunto de la soberanía nacional, su integridad territorial y el
orden democrático y constitucional.
En España se permitió al Parlament
y al Govern ejecutar su plan de violencia jurídico-política de
apropiarse de una parte del territorio para fundar un nuevo
Estado. Se les dio toda clase de expectativas, plena
confianza de que podían llegar hasta el final, y que a lo sumo se
utilizaría la vía de recurso ante el Tribunal Constitucional. Y no
era un contencioso competencial como muchos. Se les dejó hacer,
consumar sus delitos con tranquilidad cuando la obligación del
Gobierno era prevenir el delito contra la Constitución.
La obligación del Estado (incluida
la oposición democrática) era haber impedido por la vía
político-constitucional, como es el artículo 155 CE, su propósito
de erigir una estatalidad paralela. Si se hubiera encauzado
la situación con determinación en la defensa de la Constitución,
no habríamos entrado en el bucle de la república virtual ni en el
judicial penal. Los jueces han entrado en la escena porque
Gobierno del PP y oposición (PSOE, Cs y Podemos) no quisieron
impedir el delito contra la integridad territorial y la Constitución.
En España se permitió la comisión final del delito por un
Gobierno de derechas inepto y cobarde, y una oposición de
centroderecha y de izquierdas irresponsables y cortoplacistas que no
defienden los valores constitucionales e intereses generales.
El ex presidente Felipe
González ha afirmado que se debió utilizar el art. 155 con
ocasión del primer acto de rebeldía institucional cuando Artur
Mas convocó el primer referéndum en 2012. Pero ni el
Gobierno de España ni su oposición democrática asumieron sus
obligaciones constitucionales con la unidad nacional; sólo
la Jefatura del Estado asumió el riesgo de la defensa de la
Constitución democrática y de las libertades de todos los
españoles, limitándose a recordar al Gobierno y poderes
constitucionales sus obligaciones de defensa de la democracia.
De haber reaccionado entonces por la
defensa de la convivencia en paz frente a la violencia institucional,
nos habríamos ahorrado la grave fractura de la sociedad catalana y
el afianzamiento de los partidos independentistas en la falsa
realidad de la república proclamada. Ahora por no haberlo resuelto
en su único cauce político-constitucional, hemos endosado el
enjuiciamiento de toda esa violencia al Tribunal Supremo enredados en
el inexorable bucle judicial penal.
Araceli Mangas Martín
es catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones
Internacionales de la UCM.
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